Puerto del Rosario recuerda que desde el 9 de septiembre es obligatorio estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público

Desde la Concejalía de Contratación del Ayuntamiento de Puerto del Rosario que dirige el Concejal Alejo Soler , se recuerda, una vez más, a las empresas la OBLIGATORIEDAD DE LA INSCRIPCIÓN EN ROLECE (O REGISTRO EQUIVALENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS ) para la participación en el procedimiento abierto simplificado del artículo 159 de la nueva Ley de Contratos.

Para participar en el procedimiento abierto simplificado regulado en el artículo 159 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector público, los licitadores deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.

Se pueden acordar la utilización de un procedimiento abierto simplificado en los contratos de obras, suministros y servicios cuando se cumplan las dos condiciones siguientes:

a) Que su valor estimado sea igual o inferior a 2.000.000 de euros en el caso de contratos de obras, y en el caso de contratos de suministro y de servicios, que su valor estimado sea igual o inferior a 100.000 euros

b) Que entre los criterios de adjudicación previstos en el pliego no haya ninguno evaluable mediante juicio de valor o, de haberlos, su ponderación no supere el veinticinco por ciento del total, salvo en el caso de que el contrato tenga por objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, en que su ponderación no podrá superar el cuarenta y cinco por ciento del total.

También se puede acordar el procedimiento simplificado abreviado en contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 35.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a los que no será de aplicación este apartado.

Esta obligación entrará en vigor el 9 de septiembre de 2018.

El sistema legal de contratación pública que se establece en la presente Ley persigue aclarar las normas vigentes, en aras de una mayor seguridad jurídica y trata de conseguir que se utilice la contratación pública como instrumento para la participación y la de promoción de las PYMES.
Además se advierte que el anuncio de licitación del contrato únicamente precisará de publicación en el perfil de contratante del órgano de contratación.

El plazo para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el perfil de contratante del anuncio de licitación. En los contratos de obras el plazo será como mínimo de veinte días.

Para ello, la Cámara de Comercio de Fuerteventura cuenta con un servicio de asesoramiento para realizar dicho trámite.

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