· El Ayuntamiento sancionará a los propietarios que permiten el libre tránsito de sus reses mostrencas en el municipio
El alcalde del Ayuntamiento portuense, Juan Jiménez, redacta la publicación de un Bando normativo ante los problemas generados por el ganado suelto y sin control por parte de los propietarios de los mismos, generando quejas por los/as vecinos/as afectados/as del municipio.
Por ello, y con el fin de evitar esta circunstancia con el consecuente peligro que supone y los daños que causan en zonas de cultivo, paredes y árboles, entre otras, en los pueblos, “desde el Consistorio capitalino hacemos público el Bando normativo en el que se recuerda la Ordenanza y las sanciones estipuladas para aquellos ganaderos que permiten el libre tránsito de ganado sin ningún tipo de control en el municipio de Puerto del Rosario”, manifiesta el primer edil portuense, Juan Jiménez.
Actualización de la Ordenanza municipal
Asimismo, en reunión mantenida ayer con el consejero de Sector Primario del Cabildo de Fuerteventura y otros responsables municipales, el alcalde de la capital instó a modificar y actualizar la Ordenanza municipal encaminada al control de las reses mostrencas fuera de los mancomunes, con la cual los ayuntamientos cuentan con un respaldo jurídico a la hora de requisar dichos animales.
El artículo 85 de la Ordenanza Municipal Reguladora de Animales del Ayuntamiento de Puerto del Rosario, aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 26 de enero de 1998 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de fecha 8 de mayo de 1998, tipifica como infracción grave aquellas situaciones que, por incitación o negligencia de los propietarios o poseedores de animales, den lugar a lesiones en personas, animales o bienes públicos o privados, conducta que, en caso de ser reiterado, en el plazo de seis meses, se considera como falta muy grave.
Es por ello que resulta necesario disponer que no exista ganado suelto sin el control de sus propietarios en ningún espacio público y privado del municipio, debiendo circunscribirse la zona de pastoreo de ganado suelto, única y exclusivamente, a la zona del Mancomún de Puerto del Rosario.
De no ser debidamente atendido lo dispuesto por el presente Bando, se procederá al decomiso del ganado suelto e incontrolado por parte de los servicios municipales, incoándose el correspondiente expediente sancionador, con imposición de sanciones en cuantía comprendida entre los 150 y los 15.025 euros, conforme a lo dispuesto en los artículos 86 y siguientes de la Ordenanza Municipal reguladora de Animales de Puerto del Rosario, sin perjuicio de dar traslado de las actuaciones a la Jurisdicción Ordinaria en caso de reiterado incumplimiento de lo dispuesto por la indicada Ordenanza y el presente Bando, por la comisión de una presunta falta de desobediencia a la autoridad.
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