
Responsable
JUAN MANUEL VERDUGO MUÑOZ

OIAC
Calle Virgen del Rosario
correo electrónico recaudacion@puertodelrosario.org
teléfonos: 928850110 ext 120-121-175
Presupuesto 2023
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Ampliación del plazo hasta el 31 de Mayo de 2023 para que los beneficiarios de la Convocatoria de Subvenciones a Asociaciones de polígonos industriales del municipio de Puerto del Rosario presenten una memoria de la ejecución de la actividad, facturas definitivas y recibos de pago. [PDF]
Ordenanzas Fiscales
ORDENANZA GENERAL DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIAS Y OTRAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA SOBRE RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DEPÓSITO MUNICIPAL
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL CEMENTERIO MUNICIPAL
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE TERRENOS DE USO PÚBLICO
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INDENCIOS
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR KIOSCOS EN LA VÍA PÚBLICA
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIAS DE AUTOTAXIS Y DEMÁS VEHÍCULOS DE ALQUILER
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO MUNICIPAL DE AGUA DEPURADA NO POTABLE
Presupuestos 2022
Liquidaciones Presupuestarias
Calendario
Con carácter general, se establece que los períodos para pagar los tributos de carácter periódico serán los siguientes:
Desde el día 1 de abril hasta el 30 de mayo.
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Tasa por entrada de Vehículos a través de las Aceras
Tasas por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas y elementos propios de las terrazas de hostelería.
Tasa por instalación de maquinaria, cajeros y otros elementos similares con acceso o frente a vías públicas
Desde el día 1 de octubre hasta el 30 de noviembre.
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánicas
Impuesto sobre Actividades Económicas
Tasa por el Servicio de Recogida de Basuras y Residuos Sólidos
¿Sabias que?
RECUERDE:
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Si vende su vivienda o local, para evitar problemas futuros, compruebe que el adquiriente lo comunica al Ayuntamiento o al Centro de Gestión Catastral.
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Si transfiere su vehículo, asegúrese de que el comprador lo comunica a la Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas ( o al Ayuntamiento en caso de ciclomotores). Si la transferencia del vehículo no ha sido realizada las multas serán giradas a su nombre y el Impuesto seguirá a su nombre.
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Si da de baja su vehículo por robo o por desguace, no deje de comunicarlo a la Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas ( o al Ayuntamiento si es un ciclomotor ).
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Si traspasa su local comercial, comuníquelo a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Ayuntamiento.
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Si deja de ejercer la actividad empresarial, profesional o artística, debe de darse de baja en la Administración Tributaria del Impuesto sobre Actividades Económicas y en al Ayuntamiento de la Tasa de Gestión de Residuos Sólidos ( Basura Industrial ).
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Si ha dado de baja, dentro de este año, del Impuesto de Actividades Económicas y de la Tasa de gestión de residuos Sólidos, de los Inmuebles destinados a la Actividad Económica, debe abonar el recibo anual y solicitar la devolución de los trimestres correspondientes o solicitar al Ayuntamiento la emisión del recibo o de la liquidación que corresponda a la duración efectiva del período impositivo para la cual debe solicitarlo en el mes anterior a la aprobación del Padrón del Impuesto.
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Darse de baja de la Tasa de Gestión de Residuos Sólidos (Basura Domiciliaria), cuando vende el inmueble de su propiedad o se traslada de su domicilio.
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Los cambios de titularidad y las bajas siempre surten efecto, a partir del ejercicio siguiente.
Domiciliación
DOMICILIACIÓN DE RECIBOS.
Domiciliar sus recibos es la manera mas cómoda para cumplir con sus obligaciones tributarias.
VENTAJAS:
1.- Podrá despreocuparse de pagar dentro del plazo.
2.- No gastará nada de su valioso tiempo.
3.- Si al llegarle el recibo no está conforme, puede ordenar a su entidad bancaria que lo devuelva.
¿ QUÉ TRIBUTOS PUEDE DOMICILIAR ?
1.- Los recibos de cobro periódico: Impuesto sobre Bienes Inmuebles ( Urbana y Rústica).
2.- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
3.- Tasa de Gestión de Residuos Sólido- Basura Domiciliaria
4.- Tasa de Gestión de Residuos Sólido- Basura Industrial
6.- Impuesto sobre Actividades Económicas
7.- Entrada de Carruajes- Vados
8.- Tasas de Ocupación de Vía Pública de Mesas y Sillas.
¿ DÓNDE Y CÓMO DOMICILIAR ?
1.- OFICINA DE RECAUDACIÓN MUNICIPAL
2.- Formulario de Domiciliación Bancaria:
- Antes del 31 de enero de cada año para los tributos que se cobran en el primer semestre el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Entrada de Carruajes-Vados, Tasas de Ocupación de Vía Pública de Mesas y Sillas y Cajeros.
- Antes del 31 de agosto de cada año para los tributos que se cobran en el segundo semestre, Impuesto sobre Actividades Económicas, Basura Domiciliaria, Basura Industrial e Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Las domiciliaciones o modificaciones de las mismas presentadas después de las citadas fechas surtirán efecto para el ejercicio siguiente.
Debe aportar el número de la cuenta completo (20), y especificar que recibos quiere domiciliar, a que nombre figuran y su número de teléfono.